¿Quién puede presentar el Formulario I-130?
Los ciudadanos estadounidenses y los residentes permanentes legales pueden presentar el Formulario I-130 para patrocinar a familiares cercanos, incluidos:
- Cónyuges
- Padres
- Hijos (biológicos, adoptados o hijastros bajo ciertas condiciones)
- Hermanos (solo para ciudadanos estadounidenses)
Los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses (cónyuges, padres e hijos solteros menores de 21 años) no están sujetos a tiempos de espera para visas, mientras que otros familiares pueden necesitar esperar a que haya una visa de inmigrante disponible antes de continuar con su solicitud.
¿Cuánto tiempo tarda la aprobación del Formulario I-130?
A partir de noviembre de 2024, el tiempo promedio de procesamiento para el Formulario I-130 es de aproximadamente 11 meses. La tarifa de presentación es de $625 para solicitudes en línea y $675 para solicitudes en papel.
Los tiempos de procesamiento de USCIS para el Formulario I-130 pueden variar según la relación y el volumen de solicitudes pendientes. Los familiares inmediatos pueden tener tiempos de espera más cortos, mientras que otros podrían enfrentar demoras más largas, especialmente si su caso requiere procesamiento consular fuera de los EE. UU.
Ajuste de Estatus (AOS) y la Petición I-130
Si el beneficiario de una petición I-130 aprobada ya se encuentra en los Estados Unidos, puede ser elegible para solicitar una Green Card mediante el Ajuste de Estatus (AOS). Este proceso permite al beneficiario permanecer en los EE. UU. mientras solicita la residencia permanente legal sin necesidad de regresar a su país de origen.
Pasos clave para AOS después de la aprobación del I-130:
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Determinar la elegibilidad:
- Los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses (cónyuges, padres e hijos solteros menores de 21 años) pueden solicitar AOS tan pronto como se apruebe el I-130, ya que siempre hay números de visa disponibles para esta categoría.
- Para otros familiares, se debe esperar a que haya un número de visa disponible antes de presentar el Formulario I-485 (Solicitud de Ajuste de Estatus).
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Presentación simultánea:
- En algunos casos, la petición I-130 y el Formulario I-485 pueden presentarse simultáneamente, lo que podría acelerar el proceso. Esto es principalmente para familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses.
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Documentación requerida: Los solicitantes deben incluir:
- Una copia de la notificación de aprobación del I-130 (si ya está aprobada).
- Evidencia de entrada legal a los EE. UU. (por ejemplo, el formulario I-94).
- Prueba de la relación genuina entre el peticionario y el beneficiario.
- Resultados del examen médico (Formulario I-693).
- Prueba de apoyo financiero mediante el Formulario I-864 (Declaración Jurada de Apoyo).
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Tarifas de presentación: El proceso de AOS implica tarifas adicionales para el Formulario I-485, las pruebas biométricas y los exámenes médicos.
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Tiempo de procesamiento: El procesamiento de AOS generalmente toma entre 8 y 14 meses después de presentar el Formulario I-485, dependiendo de la carga de trabajo de USCIS y los horarios de las oficinas locales.
AOS vs. Procesamiento Consular:
Los beneficiarios que se encuentran fuera de los Estados Unidos realizarán el Procesamiento Consular, donde solicitan una visa de inmigrante en una embajada o consulado de EE. UU. en su país de origen. AOS es exclusivamente para quienes ya están legalmente presentes en los EE. UU.
Si está considerando el AOS, asegúrese de que su petición I-130 sea precisa y esté completa, ya que los errores o documentos faltantes pueden retrasar tanto la aprobación del I-130 como la presentación posterior del AOS. Si se niega su I-130, aún puede tener opciones, como apelar ante la Oficina de Apelaciones Administrativas (AAO) o volver a presentar la solicitud con documentación adicional para abordar las razones de la denegación.
Documentos clave para presentar el Formulario I-130
Para presentar con éxito el Formulario I-130, el peticionario debe proporcionar:
- Prueba de ciudadanía estadounidense o estado de residente permanente (por ejemplo, pasaporte, certificado de nacimiento o tarjeta verde).
- Documentación que pruebe la relación familiar, como certificados de matrimonio, certificados de nacimiento o registros de adopción.
- Traducciones certificadas de cualquier documento que no esté originalmente en inglés.
Si ciertos documentos no están disponibles, se puede aceptar evidencia secundaria, como registros religiosos o escolares. Proporcionar todos los documentos necesarios desde el principio ayuda a evitar retrasos.
Cómo presentar el Formulario I-130 y consideraciones importantes
Presentar el Formulario I-130 es un paso crucial para patrocinar a un familiar para una Green Card. Aquí le explicamos cómo presentar el formulario y los detalles clave a tener en cuenta:
Métodos de pago
Puede pagar la tarifa de presentación con cheque o tarjeta de crédito. Si paga con tarjeta de crédito, deberá incluir el Formulario G-1450 (Autorización para transacciones con tarjeta de crédito) con su solicitud.
Formularios separados para cada familiar
Si está patrocinando a más de un familiar, debe presentar un Formulario I-130 separado para cada uno.
Métodos de presentación
Puede presentar el Formulario I-130 de dos maneras:
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Presentación en línea:
- Cree una cuenta en línea con USCIS.
- El Formulario I-130 puede enviarse en línea incluso si el beneficiario (su familiar) está en los EE. UU. y planea presentar el Formulario I-485 (Ajuste de Estatus) por correo.
- En algunas situaciones, el I-130 y el I-485 pueden presentarse simultáneamente para agilizar el proceso.
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Presentación por correo:
- Si elige presentar por correo, asegúrese de enviar la petición a la dirección correcta de USCIS según su ubicación y las instrucciones de presentación.
Circunstancias especiales
Presentación para un familiar en proceso de deportación: Sí, puede presentar el Formulario I-130 en nombre de su cónyuge o familiar, incluso si actualmente están en proceso de deportación. Consulte con un abogado de inmigración para obtener orientación sobre este proceso.
Viviendo en el extranjero: Los ciudadanos estadounidenses y los residentes permanentes legales (LPRs) pueden presentar el Formulario I-130 mientras viven en el extranjero. Los procedimientos de presentación pueden variar según las reglas locales de la embajada o consulado, por lo que debe verificar con la embajada o consulado de EE. UU. más cercano para obtener detalles.